martes, 25 de noviembre de 2008

REGLAMENTOS DE LA AQVLN

ESTATUTOS DE LA
ASOCIACION QUE VIVAN LOS NIÑOS

Capítulo I DE LA CONSTITUCION, DENOMINACION, DOMICILIO Y DURACION.- Art. 1. (CONSTITUCIÓN Y DENOMINACIÓN) La asociación “QUE VIVAN LOS NIÑOS” del hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”, es una asociación civil privada son fines de lucro. Constituida conforme al libro I título II. Capítulo II del Cgo. Civil. que de hoy en adelante se regirá conforme a las leyes bolivianas, el presente estatuto y reglamento interno de la institución--.Art. 2. El domicilio legal y principal de la Asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño Dr. Ovidio Aliaga Uría” es la ciudad de la Paz, Art. 3 La duración de la asociación “QUE VIVAN LOS NIÑOS” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría” es indefinida. Pudiendo disolverse en cualquier momento de acuerdo a lo establecido en el presente Estatuto---

Capitulo II (DE LOS OBJETIVOS Y FINALIDADES).- Art. 4 Los objetivos de la asociación “Que vivan los Niños) del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría” no son excluyentes, sino complementarios, estableciéndose los siguientes: --- a) Constituir y administrar un fondo solidario en beneficio de los niños y niñas atendidos por el Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría” con los servicios de promoción, prevención, recuperación de la salud mas el suministro gratuito para quién no tenga recursos suficientes de medicinas y otros relativos al tratamiento médico, habilitación o rehabilitación que fuera necesarios en las especialidades de Oncohematología infantil--- b) Coordinar e implementar acciones con Instituciones Nacionales, internacionales, fundaciones, fondos de desarrollo, organismos no gubernamentales y otras instituciones que patrocinan y participen en diferentes planes, programas y proyectos de desarrollo afines a los de la asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”---c) Realizar Convenios Inter.-Institucionales, contribuir al mejoramiento de los niños y niñas atendidos por el Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”---d) Buscar la aceptación socio-cultural y una comprensión de la necesidad de contribuir a disminuir la morbi-mortalidad de pacientes de 0 a 14 años con problemas de enfermedades severas atendidos por el Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”---

Capítulo III DEL PATRIMONIO Y RECURSOS Art. 5. El patrimonio de la asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”, esta constituido por el fondo solidario que es un instrumento de apoyo para el trabajo de la asociación, así como todos los bienes, muebles, inmuebles, derechos y acciones que adquiera la institución en su vigencia a título gratuito y oneroso.--- Art. 6. Constituirán fuentes de los recursos adquiridos a nombre de la Institución todas las donaciones, legados y aportes de los socios, para la concreción de los objetivos.--- Art. 7. Los bienes y recursos adquiridos a nombre de la asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”.serán destinados a la concreción de los objetivos y fines establecidos en el presente estatuto y reglamento de la Institución.---

Capitulo IV DE LOS MIEMBROS.- Art. 8. La Asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”., esta integrada por personas físicas o jurídicas de acuerdo a las siguientes categorías a) Fundadores: quienes firmaron la respectiva acta de Fundación.---b) Activos: personas físicas que soliciten su incorporación a la entidad o personas jurídicas que se organicen en las diferentes provincias o regiones del Departamento de La Paz en estrecho vinculación con la asociación.--- c) Patrocinadores: personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que contribuyan a la realización de las actividades de la asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”.--- D) Honorarios: personalidades que se distingan por su vocación de ayuda a los niños y niñas y/o por relevantes servicios prestados a la causa de salvar la vida y salud de niños y niñas con enfermedades severas que se hubieran destacado por su colaboración con la asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría” y sus objetivos.--- Art. 9. Son derechos de los miembros: --- a) Ser informados periódicamente de las actividades de la asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”.---b) Asistir a todos los eventos y/o actividades que realice la asociación.--- c) Asistir a las reuniones de la Asamblea General.--- d) Los socios fundadores y activos, en tanto personas físicas podrán aspirar a desempeñar cargos en el Consejo Directivo de la Asociación.--- Art. 10. Son deberes de los mismos: --- a) cumplir el presente Estatuto y respetar las decisiones de los órganos de la asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”.--- b) Realizar una intensa labor de estímulo, difusión y servicio de promoción, prevención recuperación de la salud más el suministro gratuito para quien no tenga recursos suficientes, de medicinas, y otros relativos al tratamiento médicos, habilitación ó rehabilitación que fueran necesarias en las especialidades de Oncohematología infantil, c) Colaborar con la entidad y sus órganos ejecutivos y deliberativos.---
Capítulo V DE LA ORGANIZACIÓN.- Art.11. Los órganos de deliberación, decisión, dirección y ejecución de la asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”. Está compuesta por la Asamblea General; el Consejo directivo y los miembros.--- Art. 12. La Asamblea General es la más alta autoridad de la asociación esta integrada, por el Consejo directivo, miembros fundadores y miembros activos con derecho a voz y voto. Las restantes categorías de socios podrán asistir a las reuniones con derecho a voz. El quórum de la Asamblea General se establece en las dos terceras partes de sus integrantes, para la primera convocatoria; en segunda convocatoria, podrá sesionar validamente con un número no menos al 30% de sus miembros.--- Sus decisiones se adoptarán por mayoría, salvo las excepciones que se indiquen.---Estará presidida por una mesa constituida por el consejo Directivo y por un miembro fundador y un activo que se elijan en cada oportunidad.--- Art. 13. Son atribuciones de la Asamblea General:--
- a) Diseñar las políticas y acciones generales de la asociación
- b) Considerar y aprobar o rechazar los informes que les someta el consejo Directivo.--- c) Aprobar o modificar el temario de sus reuniones.--- d) Elegir el consejo Directivo de la asociación.--- e) Aprobar los planes y/o proyectos que presente el consejo Directivo.--- F) Aprobar el presupuesto anual de la asociación, con una clara determinación de ingresos y egresos.--- g) Decidir la separación de los miembros de la asociación”QUE VIVAN LOS NIÑOS” del hospital del niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”.--- h) Aprobar por dos tercios de voto modificaciones al Estatuto y Reglamento Interno de la Asociación.---i) Aprobar u objetar la memoria y el balance que presente el Consejo Directivo: si lo estimare conveniente, podrá designar una comisión revisora de cuentas.--- Art. 14. La asamblea General Ordinaria se reunirá dos veces al año en la fecha y lugar que fije el Consejo Directivo o que la misma Asamblea General determine durante su periodo ordinario de sesiones, La Convocatoria debe hacerse por lo menos con quince días de anticipación.--- Art. 15. Las Asambleas extraordinarias se celebrarán cuando así lo requieran las necesidades de la asociación, pueden ser convocadas por decisión del Consejo Directivo o a petición de un 30% de los miembros de la asociación, La citación debe hacerse por lo menos 7 (siete) días de anticipación.---CONSEJO DIRECTIVO.- Art. 16. Es el órgano central y ejecutivo de la asociación, esta compuesto por un Presidente, Vicepresidente, Secretario General, Secretario de Hacienda, Secretario de Actas y cuatro (4) vocales.--- Art. 17. son atribuciones de Consejo Directivo: ---a) Cumplir y hacer cumplir las decisiones o acuerdos de el asamblea General.--- b) Promover la ejecución de las políticas aprobadas por la Asamblea General,--- c) Aprobar las subvenciones , aportes económicos o donaciones que pueda recibir la asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”., de personas jurídicas o físicas.--- d) Nombrar personal administrativo de apoyo a la asociación que obligatoriamente será dependiente del Hospital del Niños “Dr. Ovidio Aliaga Uría”, personal que apoyará a la Asamblea General Ordinaria un informe de las actividades de la asociación, la Memoria y el Balance.--- f) Admitir a los miembros que soliciten su afiliación a la asociación “Que vivan los Niños” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”.dando cuenta oportuna a la asamblea general. --- g) Vigilar la ejecución del presupuesto anual de la asociación.---
Art. 18 Los miembros del Consejo Directivo son elegidos por votación de la Asamblea General, duran un año en sus funciones, pudiendo ser reelegidos, ---
Art. 19. El Consejo Directivo se reunirá con la periodicidad acordada entre sus miembros. Realizara un trabajo coordinado entre sus integrantes manteniendo un estrecho y fluido contacto con los demás miembros de la asociación.---
DE LOS MIEMBROS O SOCIOS (ADMISIÓN Y EXPULSIÓN).-
Art. 20. Son miembros fundadores quienes concurrieron y suscribieron las actas de fundación., elección y posesión del directorio y aprobación del estatuto y reglamento, con derecho a voz y voto.---
Art. 21. La admisión de socios estará sujeto al reglamento interno de la institución, debiendo en todo caso cumplir con las siguientes cualidades para la admisión:---
a) Ser presentado por uno de los miembros de la asociación.---
b) Haber realizado un trabajo de colaboración voluntario y comprometido para la concreción de los objetivos y tareas de la Institución.---
c) Tener la suficiente idoneidad profesional, actitud y determinación para continuar trabajando en la concreción de los objetivos y tareas de la Institución.---
d) Tener buenos antecedentes personales y solvencia moral intachable.---

Capítulo VI DE LAS SANCIONES.-
Art. 22. La exclusión de los miembros de la asociación “QUE VIVAN LOS NIÑOS” del Hospital del Niño “Dr. Ovidio Aliaga Uría”, es de competencia exclusiva de la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, después del debate correspondiente y previo informe de una comisión designada por el Consejo Directivo.---
Art. 23. Si la conducta de personas físicas miembros de la asociación, fuese lesiva a los intereses de esta, el Consejo Directivo, previo sumario interno, podrá imponer alguna de estas sanciones:---
a) Amonestación;---
b) Suspensión temporal;---
c) Expulsión.---
Art. 24. Los miembros del Consejo Directivo que incurran en incumplimiento de las normas del presente Estatuto podrán ser sancionados por la Asamblea General, inclusive con la pérdida de su mandato.---
Art. 25. El miembro alcanzado por cualquiera de estas sanciones, podrá apelar a la Asamblea General y será esta en última instancia, previo conocimiento de los antecedentes, remitidos por el Consejo Directivo, la que decida al respecto.---

Capítulo VII DISPOSICIONES GENERALELS.- Art. 26. El tiempo de vigencia de la Instituciones es indefinida, sin embargo se establecen las siguientes causales de extinción: ---
a) Por las causas establecidas en el Código Civil.---
b) Por decisión del Directorio.---
c) Por imposibilidad de los miembros del directorio.---
Art. 27. Extinguida la institución, los bienes tendrán el siguiente destino:---
a) Cubrir las obligaciones contraídas por la institución.---
b) Destinar los bienes excedentes al Hospital del Niño.

1 comentario:

Isabel dijo...

Beuna iniciativa. Como podemos contactarnos con la Asociación para ser parte de los voluntarios